A pesar de que los estatutos nos confieren limitadas funciones y atribuciones, trabajamos tanto en las explícitas como las implícitas que se interpretan debe tener este organismo de comunicación, haciendo una esfera más amplia de actuación.
Estatutos vigentes del CED-PUCMM-RSTA:
ARTÍCULO 28. DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES.- El Secretario de Comunicaciones tendrá las siguientes atribuciones;
1. Maestría de Ceremonia de las actividades del Comité, siempre y cuando el Consejo Directivo no decida lo contrario;
2. Fungirá como vocero, encargado de llevar la publicidad y la propaganda del Comité;
3. Mantendrá comunicaciones directas con las comisiones;
4. Comunicará a los miembros del Comité los acuerdos del Consejo Directivo y de la Asamblea General, cuando sean procedentes.